Bretón recibe una paliza en Villena nada más entrar en contacto con otros presos

  • El recluso pasó a régimen ordinario en la prisión alicantina tras recurrir su clasificación inicial en primer grado y el fiscal no se opuso

  • José Bretón, condenado a 40 años de cárcel por el asesinato de sus hijos de dos y seis años en 2011 en Córdoba, ha sido recluido nuevamente en una celda de aislamiento de la cárcel de Villena en la que cumple condena. Al parecer, Bretón, que no podrá salir a la calle en régimen abierto hasta dentro de 20 años, recibió una paliza tras la que se declaró en huelga de hambre.

    Cordobés y exmilitar de 41 años de edad, no era un recluso conflictivo desde que ingresó en esta cárcel del Alto Vinalopó. El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 3 de la Comunitat Valenciana, con sede en Villena, estimó el recurso formulado por Bretón contra el acuerdo de la Subdirección General de Tratamiento y Gestión Penitenciaria, por el que se acordaba su clasificación inicial en primer grado de tratamiento.

    De esta manera se acordó la progresión del interno al segundo grado penitenciario -el régimen ordinario- en la prisión alicantina, por lo que comenzó a tener más libertad de movimientos en el centro penitenciario y entró tambén en contacto con más reclusos.

    Así lo confirmaron fuentes judiciales, después de que la abogada defensora del interno, Bárbara Royo, interpusiera el recurso contra el citado acuerdo, de principios de noviembre de este año, al tiempo que se dio traslado al Ministerio Fiscal, que informó en el sentido de «no oponerse a la progresión en grado», según informó la agencia Europa Press.

    Sin justificación

    De este modo, las mismas fuentes judiciales apuntaron que no se encuentra debidamente justificada esta clasificación inicial en primer grado de tratamiento penitenciario de Bretón, dado que como manifiesta el Ministerio Público, «el primer grado es de naturaleza excepcional, y estrictamente limitado a dos tipos de internos, los que presenten peligrosidad extrema y los que presenten una manifiesta adaptación al medio penitenciario».

    Respecto de la primera hipótesis, según la magistrada, «no se evidencia que el penado presente peligrosidad extrema dentro del centro penitenciario». Y en cuanto a la segunda hipótesis, según agrega la juez, «la peligrosidad en el exterior, no hay que olvidar que una clasificación inicial en primer grado no supone ni una pronta salida ni una excarcelación del mismo, debiendo valorarse en cada supuesto y llegado el momento, si procede o no la concesión de permisos».

    En referencia a «la inadaptación y pese a la existencia de varias infracciones», las fuentes jurídicas precisan que el auto recoge que «no se aprecia que las mismas tengan, a la vista de los informes aportados, entidad suficiente para la aplicación del régimen excepcional de primer grado de tratamiento».

    Por todo lo expuesto, el juzgado estima el recurso formulado al no considerar a Bretón «ni de especial peligrosidad, ni de carácter violento con una marcada inadaptación, informándose por el centro, que ‘muestra una actitud normal pasando desapercibido en el módulo donde actualmente está destinado, no ha creado conflictos de convivencia si bien en ocasiones pueda mostrarse reivindicativo con los funcionarios’».

    Fuente: laverdad.es