Multas de tráfico surrealistas

Practicar running por la calzada, recibir un beso mientras se conduce o simular que se toca el tambor y se baila mientras se está al volante, son actitudes sancionables por los agentes de tráfico según se desprende de tres multas de las que hemos tenido conocimeinto recientemente.

Si hace pocos meses recopilábamos las multas mas extrañas que se habían impuesto durante el pasado verano, ahora nos hacemos eco de tres nuevas sanciones que, si bien se fundamentan en preceptos recogidos en el reglamento de circualción, no dejan de causar cierta extrañeza.
La primera de ellas nos fue remitida por uno de nuestros lectores (Pablo Pazos) y en ella se dice, textualmente, que se le sanciona por "conducir de forma negligente creando una situación de riesgo o peligro para sí mismo, los demás ocupantes del vehículo o al resto de usuarios de la vía. Bailando en el interior del vehículo, así como tiocando las palmas y golpeando contra el volante como si fuera un tambor; todo ello observado por el agente en un tramo de 1,5 km hasta ser interceptado, viaja menor de dos años en asiento trasero". Esta multa conlleva una sanción de 200 euros sin detracción de puntos.


La segunda sanción 'curiosa' es la que le fue impuesta al coruñés Juan Carlos Costa y que él mismo se encargó de hacer pública a través de Twitter. La cantidad que abonó por la infracción cometida el pasado 11 de diciembre y que la Policía Local califica de "grave" es de 100 euros.
El motivo de la sanción es "correr por el medio de la calzada y hacer caso omiso de las señales de los agentes". La propia multa recoge que Juan Carlos fue avisado por "no respetar las señales de los agentes que regulan la circulación". Lo que más llama la atención en este caso es que se le restaran 4 puntos del carné de conducir, ya que solo se pueden perder cuando la infracción se comete conduciendo un vehículo a motor y con el carné en vigor.
La normativa de seguridad vial señala a este respecto que "la pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir". Queda claro, pues que la detracción de puntos no procede, y así lo reconoció el propio consistorio coruñés que declaró recientemente a la prensa que se había tratado de un error y que en breve se le reintegrarían los cuatro puntos restados a su permiso de conducir.


La tercera de nuestras multas curiosas es la que le fue impuesta la tarde de Reyes a Vanesa Viéitez, una joven de 29 años natural de O Carballiño que fue sancionada con 80 euros por recibir un beso de su novio en la mejilla cuando conducía su coche. Según el boletín de denuncia elaborado por uno de los dos agentes de la Guardia Civil que le dieron el alto, la chica iba al volante "sin mantener la propia libertad de movimientos". En el apartado de observaciones de la denuncia que resolverá la Jefatura Provincial de la Dirección General de Tráfico (DGT) -y que no acarrea la retirada de puntos del carné-, la autoridad especificó que "la conductora mantenía relaciones cariñosas con el acompañante", según informa el diario Faro de Vigo.


El reglamento general de circulación recoge que "el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros" y, en este precepto es en el que se basa dicha sanción.

Fuente: autofacil.es