La Audiencia de Málaga ordena la entrada en prisión de Isabel Pantoja

El Ministerio Público ha presentado un recurso para incrementar la condena de la cantante a tres años, tres meses y un día de prisión. De prosperar, Pantoja no podría evitar la cárcel

El Fiscal del Tribunal Supremo ha pedido este jueves que el tribunal aumente a tres años, tres meses y un día de prisión y multa de 2,2 millones de euros la pena de dos años de prisión y multa de 1,1 millones que la Audiencia de Málaga impuso a la cantante Isabel Pantoja por un delito de blanqueo. La Fiscalía considera que la tonadillera debe ser condenada por un delito de blanqueo continuado.

El Supremo ha celebrado este jueves una vista pública sobre los recursos presentados por las partes contra la sentencia de la Audiencia de Málaga que condenó al exalcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz, a sus exparejas, Isabel Pantoja y Maite Zaldívar, y a otras cuatro personas más por blanqueo de capitales. En la sesión, la Sala, presidida por Julián Sánchez Melgar, ha visto los recursos de casación presentados contra la sentencia de la Audiencia, dictada en este caso en abril del pasado año, entre ellos, los formulados por la Fiscalía contra la condena a la cantante y los de las defensas de Pantoja y Zaldívar.
El recurso del fiscal consta de un único motivo, que se refiere a que la Sección Segunda de la Audiencia de Málaga no apreció la continuidad delictiva a la hora de condenar a Pantoja, estimando el ministerio público que "la calificación correcta de los hechos probados sería la de delito continuado de blanqueo de bienes". La Fiscalía Anticorrupción mantuvo desde el principio de la causa esta acusación por delito continuado.
El fiscal ha mantenido que los hechos cometidos de la Pantoja "no pueden incorporarse en una unidad natural de acción porque han sido muchos y diversos" y ha mantenido que "se llevaron a acabo episodios ontológicamente diferentes con autonomía y entidad propia y con la misma intención", la de devolver a los circuitos legales el dinero ilegal.
Además, el representante del Ministerio Público ha dudado de las "intenciones complacientes" de la Audiencia malagueña con Pantoja pero —ha añadido— "hay razones que a pocos se les escapan y muchos adivinan". "La sentencia es improcedente", ha concluido el fiscal que ha subrayado que de imponerse la pena solicitada, ésta "inevitablemente conduciría a prisión a la condenada". Por eso, ha añadido el fiscal, se le debe agravar la condena e imponer una pena de tres años, tres meses y un día, que determinaría su ingreso en prisión, a diferencia de la condena de dos años, frente a la cual los jueces suelen suspender la entrada en la cárcel.
Además, se le debería imponer una multa de casi 2,3 millones de euros (el doble de la cantidad blanqueada), mientras que la sentencia fijaba una multa para la cantante de sólo 1,1 millones, ha defendido también el fiscal. Por su lado, el abogado de la tonadillera ha defendido su inocencia, al igual que el defensor de Maite Zaldívar (que sí fue condenada por un delito continuado y penada con tres años de prisión).
Asimismo, han argumentado a favor de la inocencia de sus clientes los letrados de otros imputados, como los de Jesús Zaldívar (hermano de la exesposa de Muñoz) y del propio Muñoz, quien ha pedido, en caso de haber condena, una reducción de la pena.

El abogado de Pantoja defiende que hubo "unidad de acción"

La defensa de Pantoja ha respondido al fiscal que ella no cometió el delito pero que, en todo caso, si la Sala aprecia que sí lo hubo, habría unidad de acción y no delito continuado. Así, el abogado ha señalado que "hay tres supuestos de pretendido blanqueo íntimamente relacionados entre sí: la compra de un apartamento, la compra de un chalet y el manejo de dinero en metálico. Pero el apartamento tuvo que venderse para pagar el crédito del chalet, a lo que se suma el uso del dinero. Es decir, que hubo unidad de acción entre todos los hechos".
En contra de esta tesis, el fiscal considera que "los bienes ocultados a Hacienda eran diversos" y que hay varias conductas típicas de blanqueo en los hechos referentes a Pantoja, como ingresos en efectivo de dinero procedente de la actividad delictiva desarrollada por Julián Muñoz. Por añadidura, la tonadillera Isabel Pantoja alega en su escrito de defensa que se ha producido una vulneración de sus derechos fundamentales y un error al apreciarse la prueba.
El abogado de Pantoja ha manifestado en este sentido durante la vista que en el juicio no se aportaron los datos bancarios en los que se basa la condena y que, en cuanto al origen ilícito del dinero, no se ha probado tampoco que lo fuera, ni que ella supiera que lo era. Pantoja había heredado 5 millones de euros, a los que se pudieron sumar ingresos lícitos de ella y de Muñoz, ha dicho el letrado antes de añadir que no basta como prueba condenatoria con el hecho de que, como dice la sentencia de la Audiencia, no diera explicación de cuál era el origen de las cantidades que usó en las compras del apartamento y del chalet.
Por su parte, el letrado de Maite Zaldívar ha defendido la inocencia de su cliente pero ha añadido que, si se considera que hubo delito, se le aplique a ella también el criterio de un solo delito de blanqueo, en defensa de lo cual ha argumentado el derecho a la igualdad de su cliente respecto a la tonadillera. En todo caso, la tesis del abogado de Zaldívar es que ella "actuó en la creencia de la procedencia legal del dinero, proveniente de ganancias regulares en el Ayuntamiento de su marido". "El manejo de grandes cantidades de dinero, que se ha usado contra Zaldívar en el juicio, o el esconderlo en el domicilio, no equivale a un delito de blanqueo sino, en todo caso, a un delito contra la Hacienda Pública", ha añadido.
Isabel Pantoja fue condenada a dos años de prisión por blanqueo de capitales, aunque la sentencia no supuso su ingreso en la cárcel, al contrario que a Julián Muñoz, a quien la Audiencia impuso siete años de cárcel por dicho delito y por otro de cohecho pasivo
Fuente: publico.es