CIRCULAR A 121Km/h A PARTIR DEL 9 DE MAYO ES MULTA GRACIAS A LA NUEVA LEY DE TRÁFICO



Cada vez tenemos coches más seguros, más cómodos, más eficientes y más fáciles de manejar, pero paradójicamente, conducir cada vez es más difícil en España. Y parte de la culpa la tiene la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, sobre todo en lo relativo a los nuevos límites de velocidad y a la sanción que se interpondrá a partir del 9 de mayo en caso de excederlos. No hay lugar para los errores, y a la mínima de cambio deberemos abrir la cartera para pagar 100 euros de multa, 50 por pronto pago. Como norma general, el margen que tendremos antes de ser multados es de sólo 1 km/h. Efectivamente, si circulamos a 121km/h en una zona limitada a 120, seremos sancionados, esto viene siendo así desde 2010 y como era de esperar, no habrá cambios. Esto implica que por miedo todos los conductores vayamos fijándonos en el cuentakilómetros de nuestro coche, cuando lo que tenemos que hacer es prestar atención a la carretera. La DGT habla de evitar distracciones, pero son ellos mismos quienes las imponen. Por suerte se sigue conservando el peaje de los famosos 50 euros, en el que los primeros tramos por exceso de velocidad no suponen pérdida de puntos. En las nuevas zonas limitadas a 130 los límites para las sanciones son los mismos que en zonas limitadas a 120. Circulan por la red algunas tablas erróneas. que amplían el “margen” hasta los1 60 km/h. La que tenemos arriba es la que se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En este aspecto las multas no cambian, pero nos encontramos con que habrá mayores diferencias entre vías secundarias (90 km/h) y algunas autovías o autopistas en las que se pueda circular a 130km/h. Es una forma para hacer pagar al conductor, una vez más. Bien en forma de peaje para llegar más rápido al destino o bien por circular a la misma velocidad que hasta ahora en carreteras secundarias. Multas en los países extranjeros A partir de ahora, todos los ciudadanos de la Unión Europea, a excepción de los de Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, recibirán en sus países de origen las sanciones interpuestas en España. Lo mismo sucedará en el caso de los españoles que visitemos otros países: Las multas llegan desde el extranjero. Este intercambio transfronterizo de información contempla las siguiente infracciones: Exceso de velocidad. Tasas de alcohol superiores a las reglamentarias Conducción bajo el efecto de estupefacientes No utilizar cinturón de seguridad o casco en el caso de las motos Saltarse semáforos en rojo o un STOP Circular por un carril prohibido Utilizar el teléfono móvil u otro dispositivo de comunicación durante la conducción


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